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Toma de muestras de ADN en un procedimiento de paternidad

Respondmeos algunas preguntas frecuentes sobre la toma de muestras biológicas (prueba ADN) en los procedimientos de paternidad

Una vez ha sido acordado por el Juez de Primera Instancia la práctica de la prueba biológica (ADN), por su carácter objetivo, se solicitará el estudio pertinente al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forense, mediante oficio al departamento que corresponda por la ubicación geográfica del Juzgado.

¿Dónde se realiza la prueba?

En España contamos con cuatro departamentos (Madrid, Barcelona, Sevilla y Santa Cruz de Tenerife). 

Al departamento de Madrid, corresponderá el estudio de las muestras biológicas (ADN) de las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias, Cantabria, Castilla – La Mancha, Castilla y León, La Rioja, Comunidad de Madrid, Región de Murcia y País Vasco. 

Al departamento de Barcelona, corresponderá el estudio de las Comunidades Autónomas de Aragón, Cataluña, Islas Baleares, Foral de Navarra y Comunidad Valenciana. 

Al departamento de Sevilla, corresponderá el estudio de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura, Ceuta y Melilla. 

Delegación del departamento de Sevilla en Santa Cruz de Tenerife, la Comunidad Autónoma de Canarias. 

¿Qué ocurre cuando en el partido judicial donde se está celebrando el juicio de paternidad no cuenta con el departamento del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses cerca?

En estos casos, la toma de muestras biológicas (ADN), se llevará a cabo en el Médico Forense asignado al Juzgado que posteriormente remitirá por el conducto reglamentario al INTCF, departamento que le corresponda. 

¿Qué muestras biológicas (ADN) deben tomarse para un procedimiento de investigación de paternidad? 

En este sentido es importante diferenciar cuando el presunto padre biológico está vivo o ha fallecido. 

Cuando el presunto padre biológico está vivo, habrá que tomarse muestras bucales. Esta prueba se llama Epitelio bucal, que para su toma se frotará la cara interna de los carrillos y encías con dos hisopos estériles secos. 

Cuando el presunto padre biológico ha fallecido, lo habitual es exhumar los restos cadavéricos, para obtener piezas dentales (al menos 4 piezas que no estén dañadas) y huesos, siempre que sea posible huesos largos como por ejemplo el fémur.

Cuando el presunto padre ha sido incinerado, se suele optar por analizar restos biológicos del fallecido existentes en centros hospitalarios. Es posible analizar muestras de sangre, biopsias etc. En caso de no existir muestras directas del presunto padre biológico, se acude al análisis de muestras biológicas procedentes de familiares del fallecido. En tal caso, los familiares recomendados para el análisis biológico de paternidad, de mayor a menor eficacia son: 

  1. Ambos abuelos paternos.
  2. Hijos biológicos del presunto padre fallecido, al menos dos, y la o las madres de éstos. 
  3. Hermanos biológicos del presunto padre fallecido, al menos dos.

¿Cuánto cuesta una prueba de ADN? El coste de la toma de muestras biológicas (ADN)

La investigación biológica de paternidad, como norma general tiene un coste de 600,00 + IVA. Incluye la toma de muestra de 3 personas y el dictamen. Por cada persona adicional que haya que tomarle las muestras, habrá que pagar 200,00 + IVA.

 Cuando el análisis debe hacerse con muestras procedentes de exhumación además de los 600,00 € habrá que pagar un extra de 500,00 €.

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