Estimación del recurso de apelación en demanda de reclamación de filiación paterna no matrimonial frente a ciudadano suizo
La Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria ha estimado el recurso de apelación interpuesto frente a la sentencia dictada en primera instancia y ha declarado la filiación paterna no matrimonial de una ciudadana residente en la isla frente a un ciudadano suizo.
La resolución se fundamenta en dos elementos determinantes:
- La concurrencia de un principio de prueba suficiente, conforme al artículo 767.1 de la LEC.
- La negativa injustificada del demandado a someterse a la prueba biológica, valorada como indicio cualificado de paternidad, de acuerdo con el artículo 767.4 de la LEC.
Hechos relevantes del caso
- Estancia del demandado en Canarias en fechas compatibles con la concepción.
- Relación sentimental con la madre.
- Reconocimiento posterior del vínculo paterno-filial durante casi dos años (encuentros, viajes, integración familiar, comunicaciones y transferencias económicas).
- Negativa injustificada a la práctica de la prueba de ADN.
Aunque la demanda fue desestimada en primera instancia, la Audiencia Provincial, tras un análisis exhaustivo de la prueba practicada, revocó la sentencia y declaró la filiación biológica, valorando de forma conjunta la prueba indiciaria aportada desde la demanda y la conducta procesal del demandado.
Claves jurídicas
- La negativa a la prueba biológica no produce efectos automáticos, pero refuerza los indicios existentes cuando concurre un principio de prueba.
- En los procesos de filiación, la estrategia probatoria debe construirse desde el inicio del procedimiento.
Ver sentencia: https://bufeteosuna.es/wp-content/uploads/2026/02/sentencia-paternidad.pdf
