Diario de Sevilla: «Razones que confirman la necesidad de instaurar un sistema de compliance en las organizaciones»

Han sido muchas las organizaciones que se han “subido a la ola” de compliance desde que se instaurara en nuestro Código Penal la eximente para la persona jurídica que, eficazmente y con carácter previo a la comisión de un eventual delito, hubiese establecido un Modelo de compliance.

Sin embargo, otras muchas (la mayoría) siguen sin contar con estos Modelos de prevención de delitos. Varias pueden ser las razones que inclinan a los órganos de administración de las organizaciones a desechar esta novedosa regulación. Razones que, a mi modo de entender, se podrían resumir en una sola: al no ser obligatorio el compliance, se debe priorizar e invertir en otros aspectos de la organización”.