Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida tras un accidente de tráfico: ¿Qué significa realmente?
Cuando una persona sufre un accidente de tráfico, no solo se enfrenta al dolor físico o al tiempo de recuperación.
A veces, las secuelas dejan una huella más profunda: la pérdida de autonomía y de la capacidad para disfrutar de la vida como antes.
A esto, el Baremo de Tráfico lo denomina “perjuicio moral por pérdida de calidad de vida”, una indemnización que reconoce el daño no económico que afecta al bienestar personal.
¿Qué se compensa?
La dificultad o imposibilidad de realizar actividades que antes formaban parte de la rutina o del disfrute vital: trabajar, practicar deporte, viajar, cuidar de los hijos o incluso tareas tan básicas como vestirse o desplazarse sin ayuda.
Grados de perjuicio y cuantías orientativas recientemente actualizadas:
Muy grave → Pérdida total de autonomía.
De 127.007,96 € a 190.511,92 €
Grave → Pérdida significativa, aunque con cierta independencia.
De 63.503,98 € a 127.007,95 €
Moderado → Limitaciones importantes en actividades habituales.
De 19.051,20 € a 63.503,97 €
Leve → Pequeñas restricciones en actividades de ocio o placer.
De 1.905,12 € a 19.051,19 €
Cada caso se valora individualmente, teniendo en cuenta la edad, las secuelas y el impacto real en la vida de la víctima.
Contacta con un abogado especializado en accidentes de tráfico.
Enrique Osuna Martínez-Boné es Abogado especializado en Derecho Civil, colegiado nº 13.455 del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla. Licenciado en Derecho por la Universidad de Sevilla (2012), ha completado su formación con el Curso de Práctica Jurídica (CEFOEC, 2013) y el Curso de Especialización en Derecho de Familia (CEFOEC, 2015).
Desde su incorporación al despacho en 2012, codirige el Departamento de Derecho Civil junto a Fernando Osuna Gómez, centrando su práctica en filiaciones, sucesiones y donaciones, así como en responsabilidad civil y derecho de seguros.
