Las razones por las que la Guardia Civil pretende desvincularse y dejar de estar sometida al Código Penal Militar

Las razones por las que la Guardia Civil pretende desvincularse y dejar de estar sometida al Código Penal Militar

La asociación profesional Independientes de la Guardia Civil (IGC) ha expresado en numerosas ocasiones que, considera fundamental y urgente actualizar la Jurisdicción Militar vigente, a la cual están sometidos los guardias civiles.

Las reivindicaciones que éstos últimos han llevado a cabo durante años parecen estar dando sus frutos. Recientemente el Grupo Plurinacional Sumar ha presentado una iniciativa para excluir a la Guardia Civil del Código Penal Militar. La propuesta busca evitar que los miembros de este cuerpo sean condenados o ingresen en prisión militar por faltas que, en el caso de la Policía, solo se castigarían con sanciones administrativas.

Antecedentes

En 1978, cuando se aprobó la Constitución Española, seguía vigente el Código de Justicia Militar (C.J.M.) de 1945, que regulaba aspectos orgánicos, penales, procesales y disciplinarios dentro de la Jurisdicción Castrense. Este Código tenía una competencia amplia basada en tres criterios: (i) el delito, (ii) el lugar de comisión y (iii) la persona implicada.

A mayor abundamiento, la Constitución de 1978 estableció en su artículo 117.5 que la Jurisdicción Militar debía limitarse al ámbito estrictamente castrense y a situaciones de Estado de Sitio, generando debate sobre su alcance. Había dos posturas: una que abogaba por restringirla solo a delitos militares del Código Penal Militar y otra que defendía su aplicación a delitos que afectaran al régimen y servicio de las Fuerzas Armadas.

Por su parte, mediante la Ley Orgánica 9/1980, de 6 de noviembre, se modificó el C.J.M., modificación que afectó a 106 artículos. Por su parte, la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, dio un paso más allá y se decantó por el criterio material: la Jurisdicción Militar se limitará a los delitos contenidos en el Código Penal Militar.

Posteriormente, en el año 1985, mediante la Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, se aprobó el Código Penal Militar. Y no fue hasta el año 2015 que se promulgó un nuevo Código Penal Militar (C.P.M.) mediante Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, que deroga el anterior y que es el que actualmente se encuentra en vigor.

¿Qué normativa recoge que la Guardia Civil debe someterse a las leyes castrenses?

El artículo 2 del vigente Código Penal Militar, define quiénes son considerados militares, incluyendo a los miembros en servicio activo de las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil, sus alumnos en formación y, en situaciones de conflicto armado o Estado de Sitio, a ciertos tripulantes de buques y aeronaves civiles bajo control militar.

La normativa vigente, como la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, establecen la naturaleza y condición militar de los miembros de la Guardia Civil. Asimismo, las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas confirman que sus disposiciones también se aplican a la Guardia Civil.

Según la Ley 29/2014, de 28 de noviembre mencionada anteriormente y el Real Decreto 728/2017, de 21 de julio, por el que se aprobó el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de guardia civil y de situaciones administrativas del personal de la Guardia Civil, están sujetos a la Jurisdicción Militar los guardias civiles en servicio activo, en determinadas excedencias (por formación, violencia de género o terrorismo), en suspensión de funciones o empleo, y en situación de reserva.

Ahora bien, ¿Por qué quieren los miembros de la Guardia Civil abandonar el yugo del Código Penal Militar?

Durante esta última semana, numerosos medios de comunicación, como los periódicos “El Español”, “Diario Público” o “Diario de León”, entre otros, se han hecho eco de una noticia relevante: La Guardia Civil cada vez más cerca de regirse por la jurisdicción civil.

A grandes rasgos, porque entienden que las funciones de los agentes de la Guardia Civil, en la actualidad, están muy lejos del ámbito castrense y sin embargo, se les siguen aplicando normas penales y disciplinarias de carácter militar.

Concretamente, según los datos del Consejo General del Poder Judicial del año 2022, los juzgados y tribunales militares albergan más casos de la Guardia Civil que, conjuntamente, de las tres ramas de las Fuerzas Armadas. Siendo así que, la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) denuncia que “el Código Penal Militar se utiliza como herramienta de represión laboral de los miembros del cuerpo” y ello porque, a su entender, el Instituto Armado ya cuenta con un régimen disciplinario muy severo.

Pero, ¿Qué exigen los agentes de la Guardia Civil?

Precisamente, que su trabajo se regule bajo el Código Penal Ordinario, como ocurre con el resto de Policías del Estado, de forma que no se le aplique una normativa pensada para situaciones de ámbito militar y en contexto de guerra. Y en su lugar, piden que se aplique únicamente el Código Penal Militar en los siguientes supuestos: tiempo de conflicto armado, durante la vigencia del Estado de Sitio, en el cumplimiento de las misiones de carácter militar que les encomiendan y mientras se encuentren integrados en las Unidades de las Fuerzas Armadas.

En conclusión, el debate sobre la aplicación del Código Penal Militar a los guardias civiles ha cobrado fuerza en los últimos años, impulsado por las reiteradas reivindicaciones de asociaciones profesionales y el respaldo de diversas iniciativas parlamentarias. La propuesta presentada por el grupo Sumar supone un paso significativo hacia la desmilitarización de la Guardia Civil en el ámbito jurídico, alineándola con el resto de los cuerpos policiales del Estado.

La creciente cobertura mediática de esta noticia refleja la importancia de la reforma, ya que de aprobarse la iniciativa, los guardias civiles dejarían de estar sujetos a la Jurisdicción Militar en su labor diaria, salvo en situaciones excepcionales, garantizándose, según argumentan, un marco legislativo más equitativo y acorde con la función policial que realizan habitualmente.

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