Sentencia favorable en los Juzgados de Cartagena: reconocimiento judicial de filiación biológica
En Bufete Osuna hemos obtenido una sentencia estimatoria en un procedimiento de especial relevancia en materia de Derecho de Familia, tramitado ante los Juzgados de Cartagena, en el que ejercitamos acción conjunta de impugnación de filiación paterna y, acumuladamente, reclamación de filiación paterna no matrimonial.
El asunto presentaba una elevada complejidad procesal.
La madre de nuestra cliente residía en un pequeño municipio de Almería y trabajaba en una farmacia local; el presunto padre era el médico del mismo municipio.
Desde el inicio, se diseñó una estrategia probatoria sólida, aportando indicios consistentes que acreditaban:
- Coincidencia estable en el mismo entorno geográfico y profesional.
- Relación continuada en el ámbito laboral.
- Existencia de trato personal frecuente.
La demanda fue admitida a trámite conforme al artículo 767.1 de la LEC. La parte demandada recurrió dicha admisión y, en su contestación, llegó a negar incluso que existiera conocimiento entre las partes.
La preparación técnica del procedimiento resultó determinante. La coherencia del planteamiento jurídico y la solidez del soporte indiciario permitieron que el Juzgado acordara la práctica de la prueba biológica.
El resultado fue concluyente: 99,999 % de probabilidad de relación de hermanidad por línea paterna.
La sentencia declara a nuestra cliente hija biológica, con todos los derechos personales y patrimoniales inherentes a dicha condición.
Este pronunciamiento demuestra que, en procedimientos de filiación, la prueba biológica es determinante, pero llegar a ella exige estrategia, rigor procesal y una construcción jurídica impecable desde el primer momento.
En Bufete Osuna reafirmamos nuestro compromiso con la excelencia técnica y la defensa firme y eficaz de los intereses de nuestros clientes.
Ver sentencia: https://bufeteosuna.es/wp-content/uploads/2026/02/sentencia-filiacion-biologica.pdf
