Nuevo caso de éxito de reclamación de filiación paterna no matrimonial

La Audiencia Provincial de Badajoz, vuelve a dar la razón a Bufete Osuna, desestimando íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del padre biológico de nuestro cliente, confirmando la sentencia de primera instancia con condena en costa de la apelación.

En el presente caso, por parte de Bufete Osuna, se instó demanda de reclamación de filiación paterna no matrimonial frente a la madre de nuestro representado y su presunto progenitor.

Una vez contestada la demanda por parte del presunto padre, en la que negaba conocer a la madre de nuestro cliente. Por parte del Juez, se acordó la práctica de la prueba biológica (ADN), entre el presunto padre y nuestro cliente. El demandado se negó hasta en dos ocasiones a realizarse las pruebas biológicas, todo ello, sin alegar justa causa.

El demandado que ha mantenido una actitud obstruccionista durante todo el proceso, el día de la vista principal, no compareció aportando su Letrado un certificado de positivo en COVID 19, a fin de tratar de justificar su inasistencia.

De este modo, el Juez de Primera Instancia estimó íntegramente la demanda, en base a la existencia de indicios de paternidad, la versión de la madre que era creíble y verosímil, la actitud obstruccionista del demando y las negativas injustificadas a realizarse las pruebas biológicas.

El recurso de apelación, se funda en la errónea valoración de la prueba. El apelante alega que de las pruebas practicadas no se pueden inferir la paternidad. 

La Audiencia Provincial de Badajoz, determina que no existe error en la valoración de la prueba, entendiendo que existen indicios de sobra para confirmar la sentencia de primera instancia, condenando en costa a la apelante.

Aquí puede ver la sentencia.