La Administración pierde y es condenada en costas por excluir a un opositor por daltonismo
Un tribunal ha estimado el recurso de un opositor a la Policía Nacional que fue declarado “no apto” en el reconocimiento médico por presentar discromatopsia (daltonismo).
El aspirante recurrió la decisión y ha obtenido una sentencia favorable.
La clave de la resolución
El tribunal es claro: la mera detección de daltonismo no es suficiente para justificar la exclusión de un candidato en un proceso selectivo.
La Administración debe motivar de forma concreta:
- El grado de la alteración visual
- Su impacto real en el desempeño de las funciones policiales
Qué ocurrió en este caso
En el procedimiento analizado:
- No se acreditó ningún impacto funcional de la alteración
- No se justificó adecuadamente la exclusión
- El opositor presentaba un daltonismo leve compatible con el ejercicio del puesto
Fallo judicial
El tribunal acuerda:
- La anulación de la exclusión
- La declaración de “apto” del opositor
- La condena en costas a la Administración
Conclusión
La sentencia refuerza un criterio clave en los procesos selectivos: la Administración no puede aplicar automáticamente los cuadros de exclusiones médicas.
Cada decisión debe estar debidamente motivada y respaldada por criterios técnicos que acrediten una incompatibilidad real con las funciones del puesto. En caso contrario, la exclusión puede ser anulada en los tribunales.
Si una persona ha sido excluida en un reconocimiento médico, es recomendable analizar el caso, ya que puede existir base legal para impugnar la decisión.
Si te han excluido por daltonismo o en un reconocimiento médico, escríbenos Puede que tengas más opciones de las que crees.
Ver sentencia: https://bufeteosuna.es/wp-content/uploads/2026/04/sentencia-daltonismo-admnistracion.pdf
