Caso de Éxito de Determinación de Filiación y Principio de Indisponibilidad del Objeto Procesal
El Juzgado de Primera Instancia nº16 de Sevilla ha dictado la Sentencia nº 362/2025, estimando la demanda de J.F.T.A. para que se declare judicialmente la filiación respecto de su padre biológico, P.S.C., fruto de una relación extramatrimonial.
Un aspecto relevante de esta resolución es que, pese a la conformidad expresa de todas las partes y la adhesión del Ministerio Fiscal, la Magistrada recuerda que, conforme al art. 751 LEC, en los procesos de determinación de filiación rige el principio de indisponibilidad del objeto procesal. Esto impide que el reconocimiento de los hechos de las partes sea suficiente y hace necesaria la celebración de vista y la valoración de la prueba para dictar sentencia.
Finalmente, se declara acreditada la filiación y se ordena la inscripción en el Registro Civil manteniendo los apellidos del actor. No se imponen costas procesales dada la naturaleza del procedimiento.
Esta sentencia ejemplifica cómo, en materia de filiación, la protección del interés superior y el orden público familiar obligan a un juicio efectivo y valoración judicial de la prueba, incluso en ausencia de controversia.
Ver sentencia: https://bufeteosuna.es/wp-content/uploads/2025/10/sentencia-determinacion-filiacion.pdf
