Bufete Osuna logra retrotraer un procedimiento penal en que se abrió juicio oral frente a una persona física, cuando ésta había declarado únicamente como representante legalmente designada de la persona jurídica investigada

Bufete Osuna ha conseguido que se retrotraigan definitivamente las actuaciones a la fase de instrucción en un asunto en que el representante legalmente designado por la persona jurídica había declarado en tal condición, pero no como persona física investigada.

Meses atrás, el Juzgado de lo Penal, estimó un Incidente de Nulidad presentado por el Despacho en el cual se alegó la vulneración de los derechos procesales del encausado al haber comparecido durante la Fase de Instrucción; primero como representante legalmente designado por la sociedad y, posterior y sorpresivamente, como encausado a título de persona física, en el Auto de apertura de Juicio Oral, por lo que se devolvió el asunto al Juzgado de Instrucción.

No obstante, una vez estimado el citado incidente, el Juzgado de Instrucción no retrotrajo las actuaciones, dictando un auto aclaratorio que materialmente no tuvo relevancia procesal.

Nuestro despacho de abogados recurrió en reforma este Auto, logrando que el Incidente de Nulidad estimado tuviese relevancia procesal, retrotrayendo las actuaciones a la Fase de Instrucción y salvaguardando los derechos del erróneamente encausado.