Bufete Osuna consigue la entrada en el CNP a dos aspirantes que habían sido declarados no aptos

Bufete Osuna consigue para dos de sus clientes, aspirantes a entran en el Cuerpo Nacional de Policía, dos sentencias estimatorias en las que se declara que los mismos no están afectados por la causa de exclusión médica que alegaba la Dirección General de Policía.

Las sentencias, dictadas ambas en fecha 21 de abril de 2023, reconocen el derecho de ambos clientes a que se declare que han superado la prueba de reconocimiento médico establecida en la Oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, Categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.

La sección séptima del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, acogiendo los argumentos jurídicos formulados en el recurso contencioso-administrativo presentado por Bufete Osuna, establece que el hecho de que los aspirantes padezcan discromatopsia (trastorno que impide la correcta percepción de los colores) no conlleva de forma automática la declaración de no aptos de los mismos, ya que, el criterio de la Administración concretado en el correspondiente Informe que obra en el expediente administrativo es, a juicio de la Sala “parco y no suficientemente motivado”, no ofreciendo ninguna explicación del porqué a su juicio dicha discromatopsia tiene una incidencia perjudicial en el desempeño de la función policial.

Según la Sala, los informes periciales aportados por Bufete Osuna, emitidos por especialistas en Oftalmología, ponen de manifiesto de forma motivada y razonada técnicamente, que si bien los opositores sufren discromatopsia, la misma es muy leve, siendo la agudeza visual normal en ambos ojos, sin que en ningún caso esa leve patología impida o dificulte el desempeño de la función policial.

La estimación del recurso conlleva igualmente que, en su momento, que la DGP deba abonar a los opositores la oportuna liquidación de haberes a fin de pagar a los mismos las diferencias que pudieran existir entre las retribuciones que reciban en la fase de formación a la que fueran llamados y las que deberían habérsele abonado de haber sido designados Policías en el mismo momento en que fueron nombrados como tales los compañeros de la promoción en la que concurrieron en agosto de 2020.

De igual modo Bufete Osuna, ha conseguido que la Administración haya sido condena en costas.