Acción de impugnación de la filiación que consta en el Registro Civil

Partiendo de la base de que para modificar la filiación asignada a una persona en el Registro Civil, es necesario…

Partiendo de la base de que para modificar la filiación asignada a una persona en el Registro Civil, es necesario quitar un nombre para poner otro, salvo excepciones (adopciones); podemos detenernos en la acción de impugnación de la filiación cuando se pretende utilizar de forma única (quitar) o bien de forma conjunta con la reclamación (quitar y poner, sustituir).

La acción de impugnación es accesoria e instrumental cuando se reclama una filiación que contradice la inscrita. La intervención en el procedimiento de quien consta formalmente en el Registro Civil como progenitor, es por el ejercicio necesario y subordinado de la acción de impugnación de paternidad, ya que de acuerdo con el artículo 134 CC el ejercicio de la acción de reclamación permitirá en todo caso la impugnación de la filiación contradictoria.

En el ejercicio de la acción de determinación, se puede acumular la acción de impugnación con el carácter de instrumental o accesoria y asume los requisitos procesales de la acción de determinación, que es la principal. Al ser la acción de reclamación imprescriptible por tratarse de una acción de estado, no se le puede aplicar el plazo de caducidad para las acciones de impugnación ejercitadas de forma aislada (TS 14- 12-05,; AP León 10-3-11).

La intervención en el procedimiento de declaración de la filiación de quien consta formalmente en el Registro Civil como progenitor, es por el ejercicio necesario y subordinado  de la acción de impugnación de paternidad.

El Tribunal Supremo señala que la impugnación de la filiación contradictoria es un paso procesal formal para la determinación de la nueva filiación, por ello debe ejercitarse acumulada a la de reclamación, y el proceso se sujeta exclusivamente a los requisitos de legitimación y caducidad previstos para esta segunda 

Cuando se pretende ejercitar únicamente la acción de impugnación, este uso esta más limitado y lo esquematizamos así:.

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